La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) es un procedimiento instaurado por la Ley para evitar y/o prevenir el impacto ambiental de numerosas actuaciones en el medio ambiente. Implica la presentación de los datos del proyecto, de un estudio de afecciones ambientales, de la exposición pública de ambos documentos y la posibilidad de que organismos, asociaciones y particulares argumenten defectos, carencias o aspectos indebidamente estudiados.
En este proyecto de fracking (extracción -en este caso de gas- que se ve facilitada por la fractura hidráulica, es decir por la introducción en el subsuelo de agua) se ha producido una excepción poco frecuente que hace saltar todas las alarmas en cuanto a transparencia y participación pública. Tras una consulta previa con instituciones (la Diputación de Álava constituye una llamativa excepción), entes y asociaciones, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MMARM) decidió no someterlo al procedimiento EIA.
Por último hay impactos reconocidos:
– un impacto temporal sobre el paisaje;
– una reducción del acuífero de Subijana;
– alteración en la calidad del aire;
– “Existirá un incremento en el riesgo de contaminación de suelos y de aguas subterráneas por filtración accidental”;
– no se conoce la composición final de los lodos;
– éstos “se inertizarán (…) para ser trasladados a un vertedero autorizado” con lo que se admite que puedan no ser inertes.
Aunque la decisión de no someter a evaluación estos dos pozos es del MMARM, no se puede eximir de responsabilidad al promotor SHESA (empresa pública vasca) y al propio Gobierno Vasco, que si bien anuncia el máximo respeto ambiental, bien podría haberse empleado más a fondo para asegurar la transparencia. Sorprende más aún el desarrollo de este tipo de proyectos de exploración: en septiembre de este mismo año el MMARM ha otorgado nuevos permisos.






